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Disseny del nou entorn
Facilitat d’ús
Utilitat de les gestions que pots realitzar
Impressió general

El apoyo económico puntual pretende contribuir a paliar los gastos que la situación de crisis provocada por la COVID-19 ha ocasionado al colectivo de arquitectos y a sus familias. Esta ayuda forma parte de la Línea Estratégica Asistencial.

Si tienes dudas sobre la ayuda o necesitas asesoramiento, puedes contactar con el equipo del SOC COAC: soccoac@coac.net

A quién va destinado

• Colegiados que, debido a la crisis provocada por la COVID-19, estén en una situación de vulnerabilidad económica.

Aportación del SOC COAC

• Hasta 1.200 € anuales.

Requerimientos

• Estar de alta de colegiación y al día de pago de cuotas colegiales.
• Valoración por parte del equipo del SOC COAC.
• Ingresos anuales de la persona solicitante iguales o inferiores a 13.300 € brutos* o haber visto reducidos los ingresos en más de un 60% desde el inicio de la pandemia hasta la finalización del estado de alarma.
• Sólo puede hacer la solicitud la persona colegiada que requiere la ayuda.

*Real Decreto 231/2020, aprobado el 4 de febrero del 2020.

Documentación de la persona solicitante

• Formulario de solicitud debidamente rellenado.
• Informe de vida laboral actualitzado. Se puede solitar telefónicamente al 901 50 20 50 de la Tresorería de la Seguridad Social o bien en la página web.
• Última declaración de la renta.
• Declaración jurada donde se tendrá que reconocer la situación e indicar el importe que se necesita (hasta 1.200 €).
• Comprobante bancario que garantice la titularidad de la cuenta por parte de la persona beneficiaria de la ayuda.
• Documento fiscal que se adjunta debidamente rellenado (Model 145).

Arquitectos que trabajan por cuenta ajena:
• Certificado ERTO y/o paro
• Nóminas de los meses de marzo, abril, mayo y junio del 2019 y del 2020.

Arquitectos liberales:
• Declaración del IVA del primer y segundo trimestre de los años 2019 y 2020 (Modelo 303).
• Balance de pérdidas y ganancias de la actividad económica de los meses de marzo, abril, mayo y junio del 2019 y del 2020.

Incompatibilidades
• Compatible con el apoyo económico profesional puntual y excepcional en relación con la COVID-19 y la aportación máxima concedida.
• Si se piden ambas ayudas será de un máximo de 1.200 €.
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