Puntúa de l'1 al 5 els següents aspectes de les noves seccions.
Pregunta 1 2 3 4 5
Disseny del nou entorn
Facilitat d’ús
Utilitat de les gestions que pots realitzar
Impressió general

Ayudas para obras de rehabilitación en el interior de las viviendas para personas mayores

Imatge: 
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
Se ha publicado la convocatoria de subvenciones para obras de remodelación del interior de las viviendas para personas mayores para el año 2017 en Girona, Tarragona, Lleida y Tierras del Ebre. Esta convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria inicial de 497.041€ y se rige por las Bases reguladoras publicadas en el DOGC el 16 de mayo de 2017.

La convocatoria no incluye la demarcación de Barcelona, ya que la Diputación y el Ayuntamiento de Barcelona tienen líneas de ayudas muy similares para el mismo colectivo de personas. Consulta aquí el programa de ayudas de la Diputación de Barcelona.

Actuaciones subvencionables
Se puede pedir subvención para arreglos en el interior de viviendas con la finalidad de adecuar las piezas y los elementos que conforman la vivienda a los objetivos siguientes:

a) Alcanzar las condiciones mínimas de habitabilidad dentro de la superfície útil interior, destinadas a conseguir la salubridad y el confort, incluida la reparación o substitución de las oberturas exteriores deterioradas y la adecuación de los pavimentos por tal de mejorar la capacidad deslizante y que no impliquen peligro para las personas.

b) Adecuar a la normativa vigente las instalaciones de agua, gas, calefacción, electricidad y saneamiento: instalación de medidas de seguridad para detectar o avisar de la falta de estanqueidad o de fugas en las instalaciones, y instalación de sistemas automaticos destinados a facilitar la obertura de persianas o similares.

c) Adaptar el interior de la vivienda para la mejora de la accessibilidad:
1. Cuarto higiénico: intervenciones por tal de mejorar la accessibilidad que faciliten al usuario la realización de las actividades relacionadas con la higiene personal (substitución de bañera por plato de ducha, adaptaciones de bañera o ducha, cambios de grifos, substitución o adaptación del WC o el lavabo, eliminación del bidé o otros elementos para facilitar la mobilidad, tratamiento antideslizante de pavimentos).

2. Cocina: intervenciones para mejorar las condiciones de seguridad en las actividades de la vida diaria en la cocina (substitución de placas de gas canalizado o butano para placas eléctricas, adaptación del mueble de la cocina, tratamiento antideslizante de pavimentos, instalación de ayudas técnicas).

3. Otras piezas: intervenciones para adaptar o proporcionar soportes en el entorno general del domicilio, por tal de facilitar la mobilidad general de la persona en zonas comunes o de paso como pasillos o recibidores (ampliaciones de puertas, cambio de giro de puertas, eliminación de algun escalón que dificulte la accessibilidad, instalación de barras o asideros, entre otros).

Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias las personas solicitantes que formen parte de una unidad de convivencia que incluya entre sus miembros alguna persona de 65 años o más, que tengan en su domicilio habitual y permanente la vivienda objeto del arreglo, y a les cuales las obras de reforma beneficien directamente.

Además, la persona tiene que tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% o no tener suficiente autonomía para poder realizar las actividades de higiene, alimentación, mobilidad o otras similares (la convocatoria recoge otros tipos de incapacidad o dependencia que se pueden acreditar. Consultad los detalles en el Annexo 1, apartado 3, punto g).

Los ingresos de la unidad de convivencia no pueden superar dos veces el IRSC (Índice de renta de suficiencia de Catalunya), de acuerdo con el Anexo 3.A de la Convocatoria.

Importe de la subvención i límites
100% del presupuesto protegible con un límite de 3.000 euros por vivienda.

Régimen de concessión
Las subvenciones se conceden mediante el procedimiento de concurrencia pública competitiva, es decir en función de su puntuación (según el criterio establecido en el Anexo 1 de la Convocatoria, apartado 13). En caso de empate entre solicitudes con la misma puntuación, se dará prioridad al orden de entrada de la solicitud al registro.

Plazo de presentación de solicitudes
El plazo comienza el 27 de mayo y finaliza el 31 de diciembre de 2017.

Las obras no se pueden haber iniciado antes del 26 de mayo (fecha de publicación de la convocatoria).

Cómo solicitar y tramitar las ayudas
Las solicitudes se tienen que presentar a las Oficinas locales de Vivienda de los diferentes Ayuntamientos o Consejos comarcales que constan al Anexo 2 de la Convocatoria.


Más información y acceso al trámite a través de la web de la Generalitat.

Acceso a les Bases reguladoras (DOGC 16/5/2017) y a la Convocatoria (DOGC 26/5/2017).


1/06/2017
Tornar