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La Agència de l'Habitatge recuerda a los propietarios de viviendas la obligatoriedad de pasar la Inspección Técnica de los Edificios

Imatge: 
Habitatges carrer Còrsega. Projecte presentat a la Mostra d'Arquitectura de Barcelona. Arquitecte: Víctor Rahola. Foto: © Juny Brullet
La Agència de l'Habitatge de Catalunya ha iniciado este mes de junio una campaña informativa destinada a los ciudadanos para el fomento de la Inspección Técnica de los Edificios de viviendas (ITE). En el marco de esta campaña, se están enviando cartas dirigidas a los propietarios y comunidades de propietarios de los edificios que ya deberían haber pasado la ITE y todavía no lo han hecho.

Recordamos que todos los edificios de viviendas de más de 45 años de antigüedad están obligados a pasar la Inspección Técnica del Edificio. Tal y como explica la carta de la Agència de l'Habitatge, la responsabilidad de pasar la ITE recae sobre la comunidad de propietarios o el propietario único, cuando sea el caso, que es quien ha de contratar un profesional cualificado -arquitecto o arquitecto técnico- para llevar a cabo la inspección y el informe correspondiente. Una vez hecho este informe, quien representa a la comunidad ha de entregarlo a la Agència de l’Habitatge de Catalunya en un plazo máximo de 4 meses para solicitar el Certificado de Aptitud del edificio.


La carta de la Agència de l'Habitatge recuerda a los destinatarios que están fuera de plazo y, por este motivo, pueden ser objeto de sanción. También remarca que la Inspección Técnica del Edificio es una oportunidad para conocer en qué estado está y para impulsar su mantenimiento, la rehabilitación y la mejora (en accesibilidad, sostenibilidad y funcionalidad) mediante un Programa de Rehabilitación que la comunidad deberá aprobar posteriormente, de acuerdo a sus posibilidades y necesidades.

ENLACES DE INTERÉS
· Para consultar las guías de la Inspección Técnica de los Edificios, elaboradas por el COAC y dirigidas a la ciudadanía, clica aquí.

· Para consultar las guías y modelos para redactar y tramitar el informe de la ITE, clica aquí (sólo disponible para arquitectos colegiados).

· Para más información, consulta la página de Preguntas frecuentes en la web de la Generalitat de Catalunya.

19/06/2017
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