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Ayudas para obras de reforma en viviendas para personas mayores en Girona, Tarragona, Lleida y Ebre

Imatge: 
Rehabilitacio Banys Vells. © Andrés Flajszer
Se ha publicado la convocatoria de subvenciones para obras de remodelación del interior de viviendas para personas mayores para el año 2018 en Girona, Tarragona, Lleida y Tierras del Ebre, con una dotación presupuestaria inicial de 700.000 €.

Las solicitudes se pueden presentar del 27 de marzo al 31 de julio de 2018 en las Oficinas locales de vivienda de los diferentes Ayuntamientos o Consejos comarcales, que constan en el Anexo 2 de la Resolución GAH/1021/2017.

Las obras no se pueden haber iniciado antes del 26 de marzo (fecha de publicación de la convocatoria).

A continuación se recoge la información de la convocatoria del año 2017, ya que la actual se rige por las mismas Bases reguladoras.

Actuaciones subvencionables
Se puede pedir subvención para arreglos en el interior de viviendas con la finalidad de adecuar las piezas y los elementos que conforman la vivienda a los objetivos siguientes:

a) Alcanzar las condiciones mínimas de habitabilidad dentro de la superfície útil interior, destinadas a conseguir la salubridad y el confort, incluida la reparación o substitución de las oberturas exteriores deterioradas y la adecuación de los pavimentos por tal de mejorar la capacidad deslizante y que no impliquen peligro para las personas.

b) Adecuar a la normativa vigente las instalaciones de agua, gas, calefacción, electricidad y saneamiento: instalación de medidas de seguridad para detectar o avisar de la falta de estanqueidad o de fugas en las instalaciones, y instalación de sistemas automaticos destinados a facilitar la obertura de persianas o similares.

c) Adaptar el interior de la vivienda para la mejora de la accessibilidad:
1. Cuarto higiénico: intervenciones por tal de mejorar la accessibilidad que faciliten al usuario la realización de las actividades relacionadas con la higiene personal (substitución de bañera por plato de ducha, adaptaciones de bañera o ducha, cambios de grifos, substitución o adaptación del WC o el lavabo, eliminación del bidé o otros elementos para facilitar la mobilidad, tratamiento antideslizante de pavimentos).

2. Cocina: intervenciones para mejorar las condiciones de seguridad en las actividades de la vida diaria en la cocina (substitución de placas de gas canalizado o butano para placas eléctricas, adaptación del mueble de la cocina, tratamiento antideslizante de pavimentos, instalación de ayudas técnicas).

3. Otras piezas: intervenciones para adaptar o proporcionar soportes en el entorno general del domicilio, por tal de facilitar la mobilidad general de la persona en zonas comunes o de paso como pasillos o recibidores (ampliaciones de puertas, cambio de giro de puertas, eliminación de algun escalón que dificulte la accessibilidad, instalación de barras o asideros, entre otros).

Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias las personas solicitantes que formen parte de una unidad de convivencia que incluya entre sus miembros alguna persona de 65 años o más, que tengan en su domicilio habitual y permanente la vivienda objeto del arreglo, y a les cuales las obras de reforma beneficien directamente.

Además, la persona tiene que tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% o no tener suficiente autonomía para poder realizar las actividades de higiene, alimentación, mobilidad o otras similares (la convocatoria recoge otros tipos de incapacidad o dependencia que se pueden acreditar. Consultad los detalles en el Annexo 1, apartado 3, punto g).

Los ingresos de la unidad de convivencia no pueden superar dos veces el IRSC (Índice de renta de suficiencia de Catalunya), de acuerdo con el Anexo 3.A de la Convocatoria.

Importe de la subvención i límites
100% del presupuesto protegible con un límite de 3.000 euros por vivienda.

Régimen de concessión
Las subvenciones se conceden mediante el procedimiento de concurrencia pública competitiva, es decir en función de su puntuación (según el criterio establecido en el Anexo 1 de la Convocatoria, apartado 13). En caso de empate entre solicitudes con la misma puntuación, se dará prioridad al orden de entrada de la solicitud al registro.

Mas información y acceso al trámite a través de la web de la Generalitat.

Acceso a la Convocatoria (DOGC 26/3/2018) y a las Bases reguladoras (DOGC 16/5/2017).
28/03/2018
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