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Ampliación del plazo para solicitar subvenciones para mejoras de habitabilidad en viviendas individuales o unifamiliares del AMB

Imatge: 
Rehabilitación Casa Gurrea. Arquitectos: Anna Bonet, Berta Fusté, Guillem Bosch, Roger Sauquet, Xavier Sauquet. Obra seleccionada en la Mostra de Arquitectura Catalana © Foto: José Hevia
Se ha publicado en el BOPB de 30 de octubre de 2018 la ampliación del plazo para solicitar subvenciones para la adecuación y obtención de la habitabilidad en viviendas individuales o unifamiliares de los municipios del Área Metropolitana de Barcelona, correspondientes a la convocatoria 2017, dirigidas tanto a propietarios e inquilinos como a ayuntamientos que dispongan de viviendas cedidas a la Bolsa local de alquiler.

Actuaciones subvencionables

· Obtención y/o mejora de la habitabilidad.

· Adaptación de las instalaciones interiores de la vivienda a la normativa vigente (agua, electricidad, gas canalizado, telecomunicaciones, saneamiento) e instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos.

· Mejoras energéticas y de sostenibilidad (mejora del aislamiento térmico y acústico, incorporación de protecciones solares, cambio de ventanas, sustitución de lámparas y luminarias por otras más eficientes).

· Adaptación de la movilidad interior dentro de la vivienda (instalación de aparatos elevadores dentro de la vivienda, sustitución de bañera por ducha, ensanchamiento de pasillos, etc.)

Requisitos de los edificios
· Estar finalizados antes del 1981
· Ser de titularidad privada
· Ser el domicilio principal de sus propietarios o arrendatarios
· Si las viviendas están vacías sólo se podrán acoger a las ayudas cuando sea para incorporarlas a la Bolsa de alquiler municipal o comarcal

Quedan excluidas de estas ayudas las actuaciones que impliquen el vaciado estructural o el derribo de fachadas, el aumento de volumen, las ampliaciones o subdivisiones de edificios o viviendas y las definidas como gran rehabilitación en la Ley 18/2007 (excepcionalmente se admitirán estas actuaciones cuando sean necesarias para la mejora de la accesibilidad y/o para la mejora de la eficiencia energética).

Requisitos de los solicitantes particulares
Para las actuaciones de rehabilitación promovidas por personas físicas en viviendas de uso propio, los ingresos de la unidad familiar no pueden superar en 5 veces el IRSC (indicador de renta de suficiencia de Catalunya) en general, y no pueden superarlo en 6 veces en el supuesto de adaptaciones interiores de las viviendas para facilitar la movilidad de las personas.

5 IRSC

ingresos familiares máximos

 

6 IRSC

ingresos familiares máximos

1 miembro

53.118,20 €

 

1 miembro

63.741,84 €

2 miembros

54.761,03 €

 

2 miembros

65.713,24 €

3 miembros

57.116,34 €

 

3 miembros

68.539,61 €

4 miembros o más

59.020,22 €

 

4 miembros o más

70.824,27 €



Importe de la subvención
La cuantía máxima de la ayuda es del 50% del coste subvencionable, con un tope máximo de 3.000€ (6.000€ si la vivienda se incorpora a la Bolsa local de alquiler).

Ampliación de los plazos
El nuevo plazo de presentación de la documentación para formar parte de la convocatoria finaliza el 30 de noviembre de 2018.
El nuevo plazo de presentación de las solicitudes de ayuda finaliza el 31 de enero de 2019.

No podrán disfrutar de las subvenciones aquellas obras que hayan estado iniciadas o realizadas antes de formalizarse la solicitud de ayuda.

Los impresos normalizados de solicitud se pueden obtener en las Oficinas Locales de Vivienda o Oficinas de Atención Ciutadana que constan en el Anexo 1 de la Convocatoria y en la web cmh.cat, y la documentación a presentar en cada fase puede consultarse en el Anexo 5.


Accede al texto completo de la convocatoria aquí.

9/01/2018
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