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Impressió general

Aprobada la modificación del CTE para el impulso del vehículo eléctrico y el fomento de las energías renovables

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© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)

El Consejo de Ministros ha aprobado, el 14 de junio, el RD 450/2022 por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación y que ha entrado en vigor este 16 de junio.

Los cambios introducidos dan respuesta a:

- La transposición parcial de la Directiva (UE) 2018/844 -directiva que modifica la de Eficiencia energética de los edificios (2010/31/UE) y la de Eficiencia energética (2012/27/UE)- con el impulso a la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, VE, en los aparcamientos de los edificios.

- La necesidad de seguir avanzando en la mejora de la eficiencia energética de los edificios, incrementando el fomento de las energías procedentes de fuentes renovables.

Asimismo, se han introducido modificaciones puntuales de algunos apartados del DB HE Ahorro de energía y DB HS para facilitar su aplicación, así como del DB SUA para incorporar criterios de accesibilidad a las estaciones de recarga de las plazas de aparcamiento accesibles.

Impulso del vehículo eléctrico

La modificación introduce una nueva sección HE-6 “Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos” en el DB de Ahorro de energía en la que se fijan -en función del uso del edificio y el tipo de 'intervención (obra nueva o intervención en edificios existentes)- las dotaciones mínimas exigidas, ya sea canalizaciones para la preinstalación y/o instalación de un determinado número de puntos de recarga para el VE.

Estos cambios también han supuesto la modificación del RD 1053/2014 que aprobó el ITC BT-52 “Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos” del Reglamento de Baja Tensión, REBT, en la que se fijaban las dotaciones mínimas de infraestructura de recarga de VE asociadas a los edificios, así como a los aparcamientos no adscritos a los edificios.

Fomento de las energías procedentes de fuentes renovables

El Real Decreto también modifica el DB HE-5 Generación mínima de energía eléctrica procedente de fuentes renovables, cambio derivado de la posibilidad real del autoconsumo colectivo y de la simplificación de los trámites administrativos para su implantación.

En este sentido, se ha incorporado el uso residencial vivienda en su ámbito de aplicación, además de reducir, para todos los usos, el valor umbral de superficie construida a partir del cual le es de aplicación la exigencia.

Plazos transitorios de aplicación

Para obras de nueva construcción e intervenciones en edificios existentes con licencia municipal de obras solicitada:

- con anterioridad al 16-06-2022: no es de aplicación. (*)
- del 16-06-2022 al 15-12-2022: es de aplicación voluntaria. (*)
- a partir del 16-12-2022: es de aplicación obligatoria.

(*) Las obras tendrán que iniciarse en el plazo máximo de eficacia de la licencia y, a falta de este, 6 meses desde la fecha de otorgamiento de la licencia. De no ser así será necesario que los proyectos se adapten a las modificaciones incorporadas en este Real Decreto 450/2022.

Consulte la modificación en la web del CTE

 
17/06/2022
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Fons next generation

Modificación de la convocatoria de las ayudas a la rehabilitación del Consorcio Metropolitano de la Vivienda de los fondos Next Generation

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© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)

En fecha 26 de julio se ha publicado en el BOPB la modificación de la convocatoria de ayudas a la rehabilitación de los Fondos Next Generation, que afecta al área metropolitana de Barcelona, ​​que gestiona el Consorcio Metropolitano de la Vivienda.

Con el objetivo de equiparar el Consorcio Metropolitano de la Vivienda a las otras dos convocatorias que aplican en Cataluña, la del Consorcio de la Vivienda y la de la Agencia de la Vivienda, se ha incluido el siguiente cambio:

- Se modifica el primer párrafo del artículo 5, donde se determina que, según las bases reguladoras, serán subvencionables las obras de rehabilitación siempre que el inicio de las mismas sea posterior al 1 de febrero de 2020. Es decir , tanto las obras iniciadas como las finalizadas a partir de esa fecha podrán pedir la subvención.

Antes de esta modificación sólo podían solicitar la ayuda las obras pendientes de ponerse en marcha o puestas en marcha posteriormente a la entrada en vigor de la convocatoria, que fue publicada el 29 de abril de 2022.

Para más información, puede consultar el texto completo de la convocatoria, publicado en el BOPB de 26 de julio.

28/07/2022
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Modificación de la convocatoria de las ayudas a la rehabilitación del consorcio metropolitano de la vivienda de los Fondos Next Generation

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© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)

La Mesa para la Interpretación de la Normativa de Seguridad Contra Incendios (TINSCI) ha publicado un nuevo Acuerdo: AT-10 “Suministro eléctrico de reserva de sistemas de presión diferencial por escaleras protegidas y especialmente protegidas”.

Asimismo, se ha actualizado puntualmente el DT-5 "Aparcamientos con plazas cerradas".

Puede consultar los Documentos y Acuerdos TINSCI en la web de la DGPEIS.

El objetivo de la TINSCI -de la que el COAC forma parte- es homogeneizar criterios de aplicación de la normativa vigente de protección contra incendios para el desarrollo de los proyectos técnicos.

La Mesa para la Interpretación de la Normativa de Seguridad Contra Incendios (TINSCI) ha publicado un nuevo Acuerdo: AT-10 “Suministro eléctrico de reserva de sistemas de presión diferencial por escaleras protegidas y especialmente protegidas”.

Asimismo, se ha actualizado puntualmente el DT-5 "Aparcamientos con plazas cerradas".

Puede consultar los Documentos y Acuerdos TINSCI en la web de la DGPEIS.

El objetivo de la TINSCI -de la que el COAC forma parte- es homogeneizar criterios de aplicación de la normativa vigente de protección contra incendios para el desarrollo de los proyectos técnicos.

 

11/07/2022
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Fons next generation

Modificació de la convocatòria dels ajuts a la rehabilitació del Consorci Metropolità de l'Habitatge dels fons Next Generation

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© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
En data 26 de juliol s’ha publicat al BOPB la modificació de la convocatòria d’ajuts a la rehabilitació dels Fons Next Generation, que afecta a l'àrea metropolitana de Barcelona, que gestiona el Consorci Metropolità de l'Habitatge.

Amb l’objectiu d'equiparar el Consorci Metropolità de l'Habitatge a les altres dues convocatòries que apliquen a Catalunya, la del Consorci de l'Habitatge i la de l'Agència de l'Habitatge, s'ha inclòs el següent canvi:

- Es modifica el primer paràgraf de l’article 5, on es determina que, segons les bases reguladores, seran subvencionables les obres de rehabilitació sempre que l’inici de les mateixes sigui posterior a l’1 de febrer de 2020. És a dir, tant les obres iniciades com les finalitzades a partir d’aquesta data podran demanar la subvenció.

Abans d’aquesta modificació només podien demanar l’ajut les obres pendents de posar-se en marxa o posades en marxa posteriorment a l’entrada en vigor de la convocatòria, que va ser publicada el 29 d’abril de 2022.

Per a més informació, podeu consultar el text complet de la convocatòria, publicat al BOPB de 26 de juliol.
28/07/2022
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