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Las coordenadas UTM y la validación gráfica alternativa (5)

Normas técnicas para la incorporación de la representación gráfica de inmuebles en documentos notariales

Imatge: 
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)

El 15 de abril se publicó en el BOE la Resolución conjunta de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y de la Dirección General del Catastro, por la cual se aprueban las normas técnicas para la incorporación de la representación gráfica de inmuebles en documentos notariales.

La Resolución, que entró en vigor el mismo día de su publicación, reconoce y unifica los criterios que actualmente ya se estaban utilizando (validación gráfica alternativa, informe de edificaciones…) y esclarece el procedimiento para la entrega de la documentación de georreferenciación de inmuebles, que generaba ciertas discrepancias (certificados, informes, listado de coordenadas…).

Se confirma que el certificado que se debe emitir y que deben solicitar Notarias y Registradores es el Informe de Validación Gráfica Alternativa (sea esta de parcela -IVGA- o de edificación- ICUC), pues ya lleva incorporado un Código Seguro de Verificación (CSV) que incluye todos los datos del informe y del técnico que lo realiza.

Aunque la no obligación de coordinación entre la descripción literal del Registro y la información gráfica del Catastro sea evidente, la Resolución establece que el Notario solicitará a los otorgantes que manifiesten si la descripción de la certificación catastral descriptiva y gráfica corresponde a la realidad física en el momento del otorgamiento.

Si es así, el notario rectificará la descripción incorporando la información gráfica que completará la descripción literal. En el caso de que no coincida la descripción gráfica del Catastro y la realidad, instará a la corrección de las discrepancias según establezca esta Resolución, que siempre pasa por la obtención de un informe de validación gráfico alternativo positivo.

Para más información, consulta la Resolución publicada en el BOE.
19/04/2021
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