Puntúa de l'1 al 5 els següents aspectes de les noves seccions.
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Disseny del nou entorn
Facilitat d’ús
Utilitat de les gestions que pots realitzar
Impressió general

Prestación de servicios de atención asistencial personalizada y profesionalizada al propio domicilio dirigida a garantizar los apoyos necesarios que colegiados y/o familiares requieran por el cierre de centros de día y residencias por la crisis de la COVID-19. Esta ayuda forma parte de la Línea Estratégica Asistencial. 

Si tienes dudas sobre la ayuda o necesitas asesoramiento, puedes contactar con el equip del SOC COAC: soccoac@coac.net

A quién va dirigido

• Colegiados y/o familiares que hayan sido reconocidos como dependientes en una resoludicón de valoración por parte de la administración pública competente (Grado II y III).
• Se contemplan también como personas destinatarias los colegiados y/o familiares con dependencia que hayan solicitado la valoración y resolución de dependencia y ésta esté en trámite.

Aportación del SOC COAC

• 75 hores de servicio de atención domiciliaria (SAD).
• El servicio lo realizarán empresas de servicio de atención domiciliaria incluidas dentro de la cartera de servicios.

Requerimientos

• Estar de alta de colegiación y al día de pago de cuotas colegiales.
• Para colegiados y/o familiares que no cuenten con la resolución de dependencia, será necesario establecer una entrevista con el equipo del SOC COAC, que procederá a la valoración pertinente.
• ingresos anuales de la persona solicitante iguales o inferiores a 13.300 € brutos*.

*Real Decreto 231/2020, aprobado el 4 de febrero de 2020.

Documentación de la persona solicitante

• Formulario de solicitud debidamente rellenado.
• Fotocopia de la resolución de valoración del grado y nivel de dependencia por parte de la administración pública competente. Cuando no se disponga todavía de la resolución, será necesario aportar la fotocopia de la solicitud de valoración de grado y nivel de dependencia.
• Informe del equipo del SOC COAC en aquellos casos en los que la resolución de valoración esté en trámite.
• Fotocopia del DNI de la persona beneficiaria (cuando no sea colegiada).
• Fotocopia del libro de familia de la persona beneficiaria (cuando no sea colegiada).
• Última declaración de la renta de la persona beneficiaria.
• En el caso que la persona beneficiaria no realice la declaración de la renta, aportar un certificado de no renda y, en esu defecto, firmar la declaración jurada conforme no la realiza.
• Certificado anual de pensiones de la persona beneficiaria, si lo tiene.
• Documento fiscal que se adjunta debidamente rellenado (Model 145).

Incompatibilidades

• Sólo es compatible con el servicio de apoyo psicológico.

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