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Ajustes razonables de accesibilidad para establecimientos de uso público
Imatge:
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
El Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat de Catalunya nos informa que se puede consultar en su web la Guía para determinar los ajustes razonables exigibles, en aplicación de la disposición adicional tercera del Real decreto legislativo 1/2013 que aprueba texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
En esta disposición adicional, se fijaba un plazo (4-12-2017) en relación a las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación, para la adecuación de los espacios y edificaciones existentes que fuesen susceptibles de ajustes razonables sin que, a día de hoy, hayan sido definidos cuáles son estos ajustes razonables ni concretado su alcance.
Esta guía recoge básicamente unas pautas de gestión para los entes locales ante una actuación de denuncia de unas obligaciones que no están claramente definidas.
En la guía –de aplicación en los establecimientos de uso público– se identifican casuísticas y situaciones que el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias considera que se ajustan al concepto de ajustes razonables.
Para acceder a la Guía clica aquí.
En esta disposición adicional, se fijaba un plazo (4-12-2017) en relación a las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación, para la adecuación de los espacios y edificaciones existentes que fuesen susceptibles de ajustes razonables sin que, a día de hoy, hayan sido definidos cuáles son estos ajustes razonables ni concretado su alcance.
Esta guía recoge básicamente unas pautas de gestión para los entes locales ante una actuación de denuncia de unas obligaciones que no están claramente definidas.
En la guía –de aplicación en los establecimientos de uso público– se identifican casuísticas y situaciones que el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias considera que se ajustan al concepto de ajustes razonables.
Para acceder a la Guía clica aquí.
15/03/2018
