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Envío de documentación para concursos y licitaciones

¿Cómo presentar por correo postal propuestas a concursos y licitaciones públicas?

Imatge: 
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
A menudo, los pliegos de cláusulas administrativas contemplan la posibilidad de enviar a través de la empresa pública Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A (Correos) las propuestas a los concursos y licitaciones públicas, indicando que habrá que notificar al organismo el justificante de envío y que, si la documentación no llega en los diez días naturales siguientes a finales del plazo, se tendrá por no presentada.

Esta opción es muy utilizada por los despachos de arquitectura. Todo seguido os compartimos algunas recomendaciones a tener en cuenta:

1.Únicamente es posible presentar las proposiciones por Correos si el pliegue de cláusulas administrativas lo contempla expresamente. Si el pliegue no dice nada al respecto, no se pueden enviar las proposiciones por esta vía, porque pueden ser inadmitidas.

2. Cuando sea posible hacer el envío por Correos, el pliego de cláusulas determinará en cuántos días tendrá que llegar la documentación a la Administración, una vez finalizado el plazo de presentación de propuestas. Si el pliego no dice en cuántos días se debe recibir esta documentación, la ley determina que se tendrá que recibir dentro los 10 días naturales siguientes a la fin del plazo de presentación de propuestas. 

Si Correos tiene una saturación, por ejemplo, por periodo navideño o por una huelga de sus trabajadores, y la documentación llega más tarde de los 10 días naturales, la propuesta no será admitida. En este caso, eventualmente, se podría pedir una indemnización a Correos, que sería el equivalente a los gastos de preparación de la propuesta.


3. Las empresas privadas de mensajería no son equivalentes a Correos. Si se quiere enviar la propuesta por mensajero, hace falta que este lo entregue dentro del plazo de presentación de propuestas fijado a las bases. Aunque el participante haya dado la documentación al mensajero dentro de plazo, si este no llega a tiempo a presentarla a la administración, la propuesta no será admitida.

La ley únicamente permite la recepción de propuestas más allá del plazo final de presentación si éstas vienen de la empresa pública Correos. 

4. En los casos en que haya que proteger el anonimato de la propuesta presentada, hay que ser muy cuidadosos con el envío del justificante a la Administración pública, puesto que el justificante que Correos expide tiene que indicar el remitente. El artículo 80.4 del Reglamento de la Ley de Contratos determina que: "El envío del anuncio por correo electrónico solo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario".

Si se quiere presentar este tipo de propuesta anónima por correo, el que nosotros recomendamos es verificar con la Administración implicada que haya previsto sistemas de protección del anonimato o, si es posible, convenir con la Oficina de Correos que se haga constar al justificante el LEMA, y que la identidad del remitente quede en documento aparte.

En cualquier caso, siempre que detectamos un pliego con este sistema el COAC envía el aviso a la Administración porque lo tenga en cuenta. 

¿Tenéis más dudas o necesitáis alguna aclaración? 
Desde la Oficina de Concursos del COAC nos ponemos a vuestra disposisicón para atender cualquier duda o aclaración que puedan surgir. Contactadnos a través del correo infoconcursos@coac.net.
2/03/2020
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