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Impressió general

Simon presta apoyo a la rehabilitación de la fachada de plaça Nova

Imatge: 
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
El COAC ha firmado un convenio con la empresa SIMON en virtud del cual la empresa se convierte en mecenas del proyecto de rehabilitación de la fachada del edificio del COAC en la Plaça Nova de Barcelona. El convenio lo han firmado el decano del COAC, Lluís Comerón, y Luis Lopezbarrena, CEO de SIMON Holding.

La sede del COAC en Barcelona, del arquitecto Xavier Busquets e inaugurada en 1962, está situada en el centro histórico de la ciudad y es uno de los pocos edificios representativos del movimiento moderno. El paso del tiempo ha originado diversas patologías en la fachada, y ahora su rehabilitación ofrece una oportunidad para dar a conocer la importancia de cuidar el parque arquitectónico y dotarlo de soluciones que supongan una clara mejora en aspectos como la sostenibilidad y la eficiencia energética.

En este contexto, el COAC ha propuesto la colaboración de empresas que se sientan identificadas con los objetivos del proyecto y quieran beneficiarse de la campaña de difusión que se lleve a cabo a su alrededor.

Para más información del programa de patrocinio clica aquí

SIMON
La empresa SIMON —que el 2016 celebrará su centenario— ha crecido gracias al esfuerzo y perseverancia de miles de personas, hasta posicionarse como empresa líder en el mercado español y con una notable posición en el mercado mundial de material eléctrico y de baja tensión.  Su catálogo de productos, con más de 5.500 referencias, contiene desde pequeño material eléctrico y protección, electrónica, seguridad, sistemas de conexión de voz, datos y multimedia para lugares de trabajo, canalizaciones e iluminación interior para entornos profesionales basados en la tecnología Led, iluminación exterior, vial y urbana.

Próxima colaboración: nueva iluminación de los frisos de Picasso
Por otro lado, SIMON también patrocinará y se encargará de la instalación de la nueva iluminación de los Frisos de Picasso, que contarán con un innovador sistema que permitirá una alta eficiencia lumínica así como la visualización de las tonalidades reales de la obra del pintor Pablo Picasso y el escultor Carl Nesjar. 




10/05/2015
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El Nuevo Decreto de ITE entra en vigor el 27 de mayo

Imatge: 
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
Se ha publicado en el DOGC del 7 de mayo el Decreto 67/2015 para el fomento del deber de conservación, mantenimiento y rehabilitación de los edificios de viviendas, mediante las inspecciones técnicas y el libro del edificio, que entra en vigor el 27 de mayo de 2015.


JORNADA INFORMATIVA

El 9 de junio a las 12 h el COAC ha programado una jornada informativa sobre el nuevo Decreto, a cargo de Jordi Sanuy, director de Qualitat de l'Edificació i Rehabilitació de l'Habitatge, de la Generalitat de Catalunya. Más información sobre el acto aquí.


DECRETO 67/2015

En este Decreto, y al amparo de la necesidad y obligación de los propietarios de mantener los edificios de viviendas, se regulan en un único texto legal los instrumentos que tienen que facilitarlo, como son: la Inspección técnica de los edificios de viviendas, los plazos en los que se deben de llevar a cabo y también el Libro del edificio. Los tres estaban ya regulados en anteriores decretos pero las carencias que presentaban y la necesidad de avanzar en el conocimiento y mantenimiento del parque de edificios de viviendas de Catalunya han propiciado este nuevo Decreto.


ENTRE OTRAS, SE INCORPORAN LAS SIGUIENTES NOVEDADES:

A. Inspección técnica de edificios de viviendas:

- Viviendas unifamiliares. Se incorporan las viviendas unifamiliares, excepto aquellas en las que su edificación principal esté separada 1,5 m o más de la vía pública, de zonas de uso públic y de las fincas adyacentes.

- Calificación de las deficiencias. Se amplía la graduación de la calificación de las deficiencias que se derivan de la inspección del edificio a 4 niveles, incorporando, como novedad, la calificación de importante (muy grave, grave, importante y leve).

Informe de inspección técnica del edificio, IITE. Se amplía su contenido y será necesario que se acompañe de:
  * Las recomendaciones y plazos de las acciones que se deben llevar a cabo para un correcto mantenimiento y conservación del edificio.
  * Las recomendaciones técnicas para la mejora de la sostenibilidad y ecoeficiencia del edificio.
  * La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal que identifiquen y recomienden las intervenciones técnicamente viables.

Certificado de Aptitud. El certificado de aptitud que emite la Administración tendrá diferentes períodos de vigencia, según la calificación de las lesiones identificadas en el informe ITE (3 años con carácter cautelar para edificios con lesiones graves y muy graves y medidas cautelares ejecutadas, 6 años con carácter provisional para edificios con lesiones importantes y 10 años para edificios sin lesiones o lesiones leves).

Verificación técnica. La vigencia de los certificados de aptitud con carácter cautelar o carácter provisional queda condicionada a la verificación técnica, en los plazos que especifica el Decreto, realizada por un técnico, donde se haga constar que las lesiones no han incrementado su nivel de gravedad o ya han sido reparadas.

Programa de Rehabilitación. Una vez la propiedad del edificio disponga de un certificado de aptitud en que se indique la existencia de algún tipo de deficiencias, la propiedad deberá aprobar un Programa de rehabilitación acompañado de un fondo de reserva que garantice la reparación de las deficiencias, pudiéndose llevar a cabo por fases.

B. Libro del edificio de los edificios de viviendas:

Edificios de nueva construcción o resultantes de una gran rehabilitación. Se amplía su contenido con la incorporación del Manual de la vivienda, para que la propiedad de las viviendas pueda disponer de información detallada del mismo.

Edificios existentes. Se establece la obligatoriedad por parte de la propiedad de formaltzar el Libro del edificio a partir de la fecha de recepción del informe ITE y con el contenido mínimo que se especifica en el Decreto.

C. Transitoriedad entre los dos decretos:

1. Solicitudes del Certificado de Aptitud presentadas a la Administración antes del 27-05-2015 y aún no resueltas:

Se resolverán conforme lo que prevé el Decreto 187/2010, excepto si el solicitante manifiesta de forma expresa la voluntad de que se aplique el régimen jurídico del nuevo Decreto, haciéndose necesario complementar la documentación de la inspección técnica ya realizada con la calificación de las deficiencias según el nuevo Decreto.

2. Solicitudes del Certificado de Aptitud presentadas a la Administración antes del 27-05-2015 con requerimiento de deficiencias o denegación del mismo debido a la existencia de deficiencias graves no mencionadas:

Disponen de un plazo máximo de 2 años desde la entrada en vigor del Decreto (hasta el 27-05-2017)  para acreditar la enmienda de deficiencias. Finalizado este plazo sin hacer las reparaciones, se tendrá que efectuar una nueva ITE para obtener el certificado de aptitud.

3. Informe ITE que se encuentra pendiente de presentación a la Administración debido a que presenta deficiencias graves y éstas están en fase de reparación o aún no se han iniciado las obras:

Disponen de 6 meses desde la entrada en vigor del Decreto (es decir, hasta el 27-11-2015) para presentarlo a la Administración; y de 2 años desde la entrada en vigor del Decreto para acreditar la enmienda de las deficiencias. Si el informe no se presenta en los 6 meses de plazo, caducará y se deberá efectuar una nueva ITE para obtener el certificado de aptitud.

CIRCULAR INTERPRETATIVA NUM. 1 SOBRE LA ACEPTACIÓN DE INFORMES ITE EXISTENTES EN BASE A LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA DEL DECRETO
Todos los informes de inspección técnica de edificios con fecha de firma anterior al 27-05-2015 se podrán tramitar hasta el 26-11-2015 según el procedimiento establecido por el Decreto 187/2010. Hay que remarcar que ésta es la fecha límite para presentar estos informes a la Administración para tramitar la solicitud del Certificado de Aptitud. Ver explicación detallada aquí.

D. Generador del Informe ITE:
 
Desde la Agència de l'Habitatge de Catalunya se está preparando una aplicación en entorno web para la generación del informe, de la que haremos difusión en cuanto esté disponible.

 

· Consultar el texto completo del Decreto 67/2015 aquí.

· Consultar otras novedades y destacados de la OCT aquí.


7/05/2015
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Modificación de la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación en Barcelona ciudad para el 2015

Imatge: 
© Jordi Marsol (Creative Commons)

El 5 de mayo se publicó en el DOGC una modificación de la convocatoria para la solicitud de subvenciones para la rehabilitación de edificios de uso residencial y de viviendas en la ciudad de Barcelona para el año 2015.

Las principales novedades son:

- En el informe técnico previo al inicio de obras que emite el Consorci de l’Habitatge de Barcelona, donde se indica qué actuaciones son indispensables para la concesión de la subvención, se podrán establecer como obligatorias aquellas actuaciones que supongan una mejora energética.

- Para solicitudes pendientes de resolución y para nuevas solicitudes, se subvenciona el 100% del coste de redacción del informe ITE, el Certificado de Accesibilidad y el Certificado de Eficiencia Energética, con unos topes establecidos.

- Se pueden solicitar ayudas para la redacción del informe ITE no vinculadas a ayudas de rehabilitación para determinados edificios (de más de 100 años en zonas declaradas como Área de Rehabilitación Integral, o que en los últimos años se hayan acogido a convocatorias de ayudas, o situados en polígons de viviendas construidos entre 1950-1970). Existen unos importes máximos subvencionables y será necesario incorporar también el Certificado de Accesibilidad y el de Eficiencia Energética.

- Se establece un presupuesto mínimo de 750€ por entidad para poder pedir subvención, excepto para las actuaciones activas del programa de sostenibilidad y accesibilidad (para éstas no hay presupuesto mínimo).

- Se puede solicitar un anticipo del 60% de la subvención reconocida en el momento de inicio de las obras, para ayudas para patologías estructurales.

- Hay condiciones especiales de subvención para determinados barrios o zonas de actuación, en general más favorables (proyecto Illa Eficient, Raval Sud, Can Clos-la Vinya-Plus Ultra, Bon Pastor, Ciutat Meridiana, Turó de la Peira). Consultad las particularidades de cada zona en el documento completo.

Para los barrios de Canyelles y Sud Oest del Besòs se ha aprobado una convocatoria de subvenciones con un convenio específico. Consultad los detalles en el DOGC.

 

DOCUMENTOS

· Podéis consultar el texto completo de la Modificación de la convocatoria de ayudas para el 2015 aquí.

· Podéis consultar la Convocatoria de subvenciones para los barrios de Canyelles y Sud Oest del Besòs aquí.

· Más información en la web de la OCT
.

· Ved también las subvenciones para la rehabilitación en el Área Metropolitana de Barcelona

6/05/2015
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Dues terrasses antigues de Barcelona.

Modificació de la convocatòria de subvencions per a la rehabilitació a Barcelona ciutat per al 2015

Imatge: 
© Jordi Marsol (Creative Commons)

El 5 de maig es va publicar al DOGC una modificació de la convocatòria per a la sol·licitud de subvencions per a la rehabilitació d’edificis d’ús residencial i d’habitatges a la ciutat de Barcelona per a l’any 2015.

Les principals novetats són:

- En l’informe tècnic previ a l’inici d’obres que emet el Consorci de l’Habitatge de Barcelona, on s’indica quines actuacions són indispensables per a la concessió de la subvenció, aquelles actuacions que suposin una millora energètica es podran establir com a obligatòries

- Per a sol.licituds pendents de resolució i per a noves sol.licituds, es subvenciona el 100% del cost de redacció de l’informe ITE, el Certificat d’Accessibilitat i el Certificat d’Eficiència Energètica, amb uns topalls establerts

Es poden sol·licitar ajuts per a la redacció de l’informe ITE no vinculats a ajuts de rehabilitació per a determinats edificis (de més de 100 anys en zones declarades com a Àrea de Rehabilitació Integral, o que en els darrers anys s’hagin acollit a convocatòries d’ajuts, o situats en polígons d’habitatges construïts entre 1950-1970). Existeixen uns imports màxims subvencionables i caldrà que s’incorpori també el Certificat d’Accessibilitat i el d’Eficiència Energètica.

- S’estableix un pressupost mínim de 750€ per entitat per poder demanar subvenció, excepte per a les actuacions actives del programa de sostenibilitat i accessibilitat (per a aquestes no hi ha pressupost mínim)

- Es pot sol·licitar una bestreta del 60% de la subvenció reconeguda en el moment d’inici de les obres, per a ajuts per a patologies estructurals

- Hi ha condicions especials de subvenció per a determinats barris o zones d’actuació, en general més favorables (projecte Illa Eficient, Raval Sud, Can Clos-la Vinya-Plus Ultra, Bon Pastor, Ciutat Meridiana, Turó de la Peira). Consultar les particularitats de cada zona al document complet.

Per als barris de Canyelles i Sud Oest del Besòs s’ha aprovat una convocatòria de subvencions amb un conveni específic, consulteu els detalls al DOGC.

DOCUMENTS

· Podeu consultar el text complet de la Modificació de la convocatòria d’ajuts per al 2015 aquí.

· Podeu consultar la Convocatòria de subvencions per als barris de Canyelles i Sud Oest del Besòs aquí.

· Més informació al web de l'OCT
.

· Vegeu també les subvencions per a la rehabilitació a l'Àrea Metropolitana de Barcelona



6/05/2015
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