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Convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de edificios en Barcelona para el 2016

Imatge: 
© Jordi Marsol (Creative Commons)

El 29 de febrero se publicó en el DOGC la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de edificios de uso residencial y de viviendas en la ciudad de Barcelona. El COAC, miembro del Grupo de Trabajo de OBRA, ha participado activamente en la elaboración de su contenido.

La convocatoria de este año promueve la rehabilitación de los edificios en su conjunto o en alguna de sus partes, desde la vivienda individual hasta los edificios enteros. El plazo para formular solicitudes finalizará el 31 de diciembre de 2016.

Igual que en las anteriores convocatorias, para las diferentes intervenciones subvencionables se fijan unos porcentajes sobre el presupuesto* y unos topes económicos en función de la actuación.

A continuación destacamos, entre otros:

Subvención de obras en el interior de las viviendas:
A diferencia de la convocatoria anterior, a este tipo de subvenciones pueden optar todas las viviendas que quieran hacer mejoras de habitabilidad, accesibilidad, ahorro energético, aislamiento acústico o eliminación de materiales nocivos para la salud, siempre que los ingresos familiares del solicitante sean inferiores a 2.5 veces el IRSC (indicador de renta de suficiencia de Catalunya, que para el año 2015 estaba establecido en 569,12 €/mes y 7.967,73€/año). Para estas actuaciones los porcentajes de la subvención y los topes varían en función de los ingresos del solicitante (entre 25% y 5.000€ y 100% y 15.000€). En cuanto a las viviendas que se quiera incorporar a la Bolsa de Alquiler de Barcelona, se mantiene la ayuda para obras de mejora de la habitabilidad incrementando el importe de la subvención.

Medidas de ahorro energético:
Se hace énfasis en las medidas de ahorro energético, potenciando las ayudas para su implementación de la siguiente manera:
· Para actuaciones de medidas pasivas de mejora energética, se establecen diferentes porcentajes de ayudas en función de si la intervención es total o parcial, siendo del  50% del presupuesto protegible* si la intervención es total, y del 35% si es parcial.
· En cuanto a las medidas activas, en las actuaciones que impliquen un ahorro energético en las instalaciones energéticas la subvención será del 50%.

Subvenciones para más de una comunidad:
Se fomentan actuaciones entre unidades de edificios de diferentes comunidades de propietarios, concediendo una subvención del 85% del coste del proyecto con un tope de 5.000€.

Otros aspectos:
· Se incluyen ayudas complementarias para obras con materiales de baja huella ecológica, incrementando en un 5% el porcentaje de la subvención.
· En determinados supuestos, se subvenciona el coste de la redacción del Informe Técnico del Edificio, el Certificado de Accesibilidad y el Certificado de Eficiencia Energética, en las condiciones fijadas por la convocatoria.
· Se amplían los supuestos de ayudas de cohesión social a todas las tipologías de obras.
· Se subvenciona al 100% la realización de un Plan de Actuaciones para la mejora energética del edificio, siempre que se realice alguna de las mejoras incluidas en dicho Plan.
· Se subvenciona al 100% el suministro de un equipo contador de energía en los edificios donde se realice una intervención de rehabilitación que contemple una mejora energética.
· En relación a las ayudas a la rehabilitación estructural de edificios y a la instalación de ascensores, se mantienen las mismas condiciones que el 2015.

Cómo solicitar y tramitar las ayudas
Puede solicitar las ayudas el presidente de la comunidad de propietarios, el administrador o el propietario del edificio. En el caso de rehabilitaciones de interiores de viviendas, puede solicitarlas el propietario o el inquilino con autorización del propietario.

Las solicitudes se pueden presentar en las Oficines de l’Habitatge de Barcelona, donde se da asesoramiento y soporte técnico para facilitar el proceso.

Más información en la web del Consorci de l’Habitatge de Barcelona.


* El presupuesto protegible queda definido en las bases reguladoras de la convocatoria (art. 12.1).

7/03/2016
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CE3X, programa válido para verificar les exigències dels DB HE0 i HE1

Imatge: 
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
El programa CE3X, que hasta ahora sólo era válido para la Certificación Energética de edificios existentes, ha ampliado su ámbito de uso y ahora permite verificar el cumplimiento de las exigencias principales de los Documentos Básicos HE0 y HE1 del CTE (limitación del consumo y la demanda energética, respectivamente) en edificios de obra nueva e intervenciones en edificios existentes, de cualquier uso. Esta verificación se realiza mediante un complemento al programa, que se puede descargar e instalar de forma gratuita.

CE3X es una herramienta que cumple con las características de los procedimientos aceptados para el cálculo del consumo y la demanda energética (especificados en los apartados 5.1.1 de los DB HE0 y HE1) y, en consecuencia, es un programa válido para verificar dicha limitación.

Así pues, actualmente CE3X se puede utilizar para la justificación de los DBs HE0 y HE1 y para certificar energéticamente edificios existentes. La certificación energética de edificios de obra nueva aún no se puede realizar con CE3X, aunque el programa está en trámite para ser reconocido para dicha finalidad.


Pese a ser una buena herramienta para los arquitectos, el uso de CE3X con el nuevo complemento para verificar HE0 y HE 1 presenta a día de hoy algunas limitaciones:

· En cuanto a la Limitación de la demanda energética (DB HE1), el complemento, igual que la herramienta unificada LIDER-CALENER, no verifica la absencia de condensaciones ni las transmitancias térmicas máximas de los elementos constructivos.

· El complemento no genera un informe específico de la verificación del HE0 y HE1 para adjuntar al proyecto. El complemento muestra los valores calculados del edificio y los compara con los valores límite, indicando si se cumplen los requerimientos, pero lo hace en una pantalla del mismo programa.

Estas limitaciones están cubiertas por otros complementos desarrollados por marcas comerciales.

Acceso a la web de Efinovatic para descargar el complemento de verificación del CTE-HE  (gratuito mediante registro).
4/03/2016
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Actualización para incorporar la previsión de infraestructura para la recarga del vehículo eléctrico

Imatge: 
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
La Oficina Consultora Técnica del COAC pone a disposición de los colegiados una actualización del contenido de las fichas de justificación del cumplimiento del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) para edificios de viviendas con aparcamiento.  

En esta nueva versión se han introducido las prescripciones necesarias para dar respuesta a los requerimientos de la infraestructura para la recarga del vehículo eléctrico según la (ITC) BT 52 "Instalaciones con finalidades especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos" (RD 1053/2014).



Junto con la revisión y actualización de las fichas del REBT, la OCT ha elaborado una “Guía de la infraestructura para la recarga del vehículo eléctrico en edificios de viviendas”, en la que se recogen las características principales de las posibles opciones de la instalación de la recarga del vehículo eléctrico según la (ITC) BT 52.

Para acceder a las fichas clica aquí *

Para acceder a la guía clica aquí *

* Para consultar y descargar los documentos es necesario tener contratado el tramo de servicios complementarios.
23/02/2016
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Actualització per incorporar la previsió d'infraestructura per a la recàrrega del vehicle elèctric

Imatge: 
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
L’Oficina Consultora Tècnica del COAC posa a disposició dels col·legiats una actualització del contingut de les fitxes de justificació del compliment del Reglament Electrotècnic de Baixa Tensió (REBT) per a edificis d’habitatges amb aparcament.  

En aquesta nova versió s’han introduït les prescripcions necessàries per donar resposta als requeriments de la infraestructura per a la recàrrega del vehicle elèctric segons la (ITC) BT 52 "Instal·lacions amb finalitats especials. Infraestructura per a la recàrrega de vehicles elèctrics" (RD 1053/2014).

Per accedir a les fitxes cliqueu aquí *


GUIA DE LA INFRAESTRUCTURA PER A LA RECÀRREGA DEL VEHICLE ELÈCTRIC 

Juntament amb la revisió i actualització de les fitxes del REBT, l’OCT ha elaborat una guia en la que es recullen les característiques principals de les possibles opcions de la instal·lació per a la recàrrega del vehicle elèctric en edificis d'habitatges, segons la (ITC) BT 52.

Per accedir a la guia cliqueu aquí *


* Per consultar i descarregar els documents cal tenir contractat el tram de serveis complementaris.

23/02/2016
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