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Nuevo procedimiento para la certificación energética

Nuevo procedimiento para la certificación energética

Imatge: 
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)

El mes de junio de 2021 entró en vigor el nuevo Real Decreto 390/2021, por el cual se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.  

Este Real Decreto establece, entre otros aspectos, la obligatoriedad de obtener el certificado de eficiencia energética para ciertas intervenciones de reforma y ampliación de edificios existentes, en edificios o partes de éstos con una superficie útil > 500 m2 de determinados usos, y también en edificios que, por antigüedad, les sea obligatoria la inspección técnica del edificio (ITE) y la tengan que realizar. 

Para estas casuísticas, el Real Decreto contemplaba un período de aplicación voluntaria, tal y como se indica en las Preguntas Frecuentes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que ha finalizado el 2 de junio de 2022.

Intervenciones en edificios existentes 
Para las obras de reforma o ampliación en edificios existentes incluidas en el ámbito de aplicación del RD y que soliciten licencia de obras a partir del 3 de junio, es necesario obtener el certificado energético (en fase de proyecto, para incorporarlo al proyecto ejecutivo, y de obra acabada).  

En caso de que se haya solicitado la licencia con el proyecto básico antes de esta fecha, y que el visado del proyecto se solicite posteriormente, se deberá adjuntar como documentación complementaria la instancia de solicitud de licencia junto con los documentos del proyecto a visar.

Para más información sobre el RD 390/2021, podéis consultar el documento resumen elaborado por la OCT.

Preguntas Frecuentes
Para seguir informando con más detalle sobre las novedades del RD 390/2021, la Oficina Consultora Técnica ha ampliado las FAQs relacionadas con la certificación energética. Así mismo, se han incorporado nuevas FAQs relacionadas con el DB-HS6 de Protección contra la exposición al radón y la necesidad de disponer del resultado de las pruebas y ensayos de forma previa a la suscripción del Certificado Final de Obras.

Acceso a las Preguntas Frecuentes de la OCT
(es necesario estar loginado en la web)
 
 

2/06/2022
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