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El COAC presenta un recurso contra la ordenanza municipal de licencias exprés de Lleida
Imatge:
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
El Colegio de Arquitectos de Catalunya ha presentado un recurso contencioso administrativo al Tribunal Superior de Justicia (TSJC) contra la ordenanza municipal de licencias exprés del Ayuntamiento de Lleida.
Esta nueva ordenanza de licencias, que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2017, fija con detalle cuáles son las obras que requerirán la redacción de un proyecto técnico.
Según el Ayuntamiento de Lleida, tiene por objetivo facilitar el inicio de determinadas obras sólo mediante una comunicación previa, sin necesidad de obtener licencia.
El COAC, sin embargo, considera que el Ayuntamiento se ha extralimitado en sus competencias al precisar en una ordenanza municipal el contenido de la Ley de ordenación de la edificación, de rango superior.
La ley estatal fija que requerirán proyecto a cargo de un técnico acreditado las nuevas construcciones, excepto las de escasa entidad constructiva y sencillez técnica, y las reformas o ampliaciones que alteren la configuración arquitectónica del edificio.
Se trata de conceptos jurídicos indeterminados que se deberán definir caso por caso, como acredita la jurisprudencia del Supremo, y el COAC entiende que el Ayuntamiento no puede definirlos de forma concreta porque los parámetros que establece la ordenanza, en determinados casos, sí que pueden afectar a la configuración general del edificio o al conjunto del sistema estructural, teniéndose que requerir un proyecto en garantía de la seguridad de las personas.
Consulta la Ordenança dels procediments d'intervenció administrativa municipal sobre l'ús del sòl i edificació, llicències urbanístiques i comunicacions prèvies
Esta nueva ordenanza de licencias, que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2017, fija con detalle cuáles son las obras que requerirán la redacción de un proyecto técnico.
Según el Ayuntamiento de Lleida, tiene por objetivo facilitar el inicio de determinadas obras sólo mediante una comunicación previa, sin necesidad de obtener licencia.
El COAC, sin embargo, considera que el Ayuntamiento se ha extralimitado en sus competencias al precisar en una ordenanza municipal el contenido de la Ley de ordenación de la edificación, de rango superior.
La ley estatal fija que requerirán proyecto a cargo de un técnico acreditado las nuevas construcciones, excepto las de escasa entidad constructiva y sencillez técnica, y las reformas o ampliaciones que alteren la configuración arquitectónica del edificio.
Se trata de conceptos jurídicos indeterminados que se deberán definir caso por caso, como acredita la jurisprudencia del Supremo, y el COAC entiende que el Ayuntamiento no puede definirlos de forma concreta porque los parámetros que establece la ordenanza, en determinados casos, sí que pueden afectar a la configuración general del edificio o al conjunto del sistema estructural, teniéndose que requerir un proyecto en garantía de la seguridad de las personas.
Consulta la Ordenança dels procediments d'intervenció administrativa municipal sobre l'ús del sòl i edificació, llicències urbanístiques i comunicacions prèvies
26/01/2017
