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Recordatorio: Reacción al fuego de los cables eléctricos. Marcaje CE obligatorio a partir del 1 de julio
Imatge:
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
Tal y como se informó el pasado mes de mayo, recordamos que a partir del 1 de julio de 2017 será obligatorio para los cables eléctricos el marcaje CE con su prestación de reacción al fuego, prestación que se determinará a partir de la correspondiente norma armonizada (clasificación según Euroclases).
En consecuencia, todos los proyectos que se visen (o soliciten autorización administrativa en caso de proyectos sin visado obligatorio) a partir del 1 de julio tendrán que considerar el marcaje CE y la nueva clasificación en la prescripción de los cables de las instalaciones eléctricas que tengan requisitos de comportamiento al fuego.
En este sentido, la OCT ha adecuado los documentos de ayuda de justificación del REBT adaptándolos a esta nueva normativa, incorporando la prestación al fuego de los cables eléctricos. Podéis encontrar los documentos en el buscador documental de la OCT.
Para más información, consulta el documento informativo elaborado por la OCT.
Accede a las fichas para la justificación del REBT (para edificios de viviendas).
En consecuencia, todos los proyectos que se visen (o soliciten autorización administrativa en caso de proyectos sin visado obligatorio) a partir del 1 de julio tendrán que considerar el marcaje CE y la nueva clasificación en la prescripción de los cables de las instalaciones eléctricas que tengan requisitos de comportamiento al fuego.
En este sentido, la OCT ha adecuado los documentos de ayuda de justificación del REBT adaptándolos a esta nueva normativa, incorporando la prestación al fuego de los cables eléctricos. Podéis encontrar los documentos en el buscador documental de la OCT.
Para más información, consulta el documento informativo elaborado por la OCT.
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22/06/2017
