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¿Conoces el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras?
Imatge:
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
El RELI es un registro electrónico gratuito y voluntario, gestionado por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Generalitat de Catalunya, donde se encuentran datos referidos a empresas que quieran contratar con las Administraciones Públicas.
El Registro contiene información sobre la personalidad jurídica, capacidad, representación y solvencia económica y profesional de los interesados.
Los inscritos en el RELI pueden participar tanto en procedimientos de licitación de la Administración de la Generalitat de Catalunya, como en licitaciones de las diferentes entidades locales y de otras Administraciones Públicas catalanas si así lo acuerdan y lo recogen en sus respectivos pliegos.
El objetivo del RELI es facilitar la concurrencia en procedimientos de adjudicación de contratos públicos y contribuir a la introducción de las nuevas tecnologías en la contratación pública.
Aquellos que estén inscritos en el Registro no hará falta que aporten, a las licitaciones que así lo acepten, ningún certificado acreditativo de inscripción. Serán los propios órganos de contratación y mesas de contratación las que, de oficio, accederán por medios electrónicos de forma directa y segura a los datos contenidos en el Registro.
Para más información, clica aquí.
El Registro contiene información sobre la personalidad jurídica, capacidad, representación y solvencia económica y profesional de los interesados.
Los inscritos en el RELI pueden participar tanto en procedimientos de licitación de la Administración de la Generalitat de Catalunya, como en licitaciones de las diferentes entidades locales y de otras Administraciones Públicas catalanas si así lo acuerdan y lo recogen en sus respectivos pliegos.
El objetivo del RELI es facilitar la concurrencia en procedimientos de adjudicación de contratos públicos y contribuir a la introducción de las nuevas tecnologías en la contratación pública.
Aquellos que estén inscritos en el Registro no hará falta que aporten, a las licitaciones que así lo acepten, ningún certificado acreditativo de inscripción. Serán los propios órganos de contratación y mesas de contratación las que, de oficio, accederán por medios electrónicos de forma directa y segura a los datos contenidos en el Registro.
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30/05/2016
